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David Barbosa acepta llamado para ocupar curul vacante en la Asamblea del Meta

 

David Barbosa aceptó el llamado de la Asamblea del Meta para ocupar la curul que dejó Héctor Fabio Vélez tras la pérdida de investidura.

El exconcejal de Villavicencio David Barbosa fue llamado por la Asamblea Departamental del Meta para ocupar la curul que quedó vacante tras la salida del diputado Héctor Fabio Vélez, luego de que el Consejo de Estado decretara en su contra la pérdida de investidura.


El presidente de la Asamblea, Luis Suárez, realizó el llamado formal a Barbosa para que ocupe la curul durante el tiempo restante del periodo constitucional 2024-2027, de acuerdo con el procedimiento establecido para suplir la vacancia.


Suárez advirtió que, si Barbosa no comparecía dentro de los tres días siguientes a la notificación, se continuaría con el llamado al siguiente candidato de la lista de la coalición Llaneros por el Meta, conforme a la certificación expedida por la Registraduría.


Ante el llamado, David Barbosa confirmó su decisión de aceptar la curul y señaló que actualmente se encuentra recopilando la documentación requerida para adelantar el proceso correspondiente.


De esta manera, Barbosa se prepara para asumir como diputado del Meta y ocupar la representación que quedó vacante en la corporación departamental, una vez cumpla con los requisitos y procedimientos establecidos.

Consejo de Estado pone límites a la protesta y condena a organización por bloqueos en campo petrolero de Acacías

 

Consejo de Estado condenó a una organización comunitaria por los perjuicios causados a Ecopetrol durante bloqueos en la Estación Chichimene.

El Consejo de Estado puso límites al ejercicio del derecho a la protesta al declarar patrimonialmente responsables a una organización comunitaria y a su entonces presidenta por los perjuicios ocasionados a Ecopetrol durante una serie de bloqueos en la Estación Chichimene, ubicada en Acacías, Meta.


La decisión revocó el fallo del Tribunal Administrativo del Meta que, en febrero pasado, había negado las pretensiones de la petrolera. En su lugar, el alto tribunal condenó solidariamente a la Corporación Comunitaria Juntas de Acción Comunal Área de Influencia Directa San Isidro de Chichimene (CJAID) y a quien era su representante legal, Sandra Patricia Ruiz Riaño.


Los hechos se remontan al periodo comprendido entre el 31 de julio y el 15 de agosto de 2017, cuando habitantes de las veredas La Esmeralda y San Isidro de Chichimene adelantaron una protesta para exigir, entre otros asuntos, la asignación de cupos laborales para las comunidades.


De acuerdo con el proceso judicial, la movilización terminó generando bloqueos en los accesos a la Estación Chichimene y restricciones para el ingreso de trabajadores, contratistas, maquinaria e insumos. Estas situaciones afectaron el desarrollo de las actividades petroleras y llevaron a que varios contratos fueran suspendidos de manera parcial o total debido a las dificultades para acceder a las zonas de trabajo.


Ecopetrol acudió a la justicia en 2019 y reclamó inicialmente una indemnización de 4.056 millones de pesos, argumentando que los bloqueos provocaron una reducción temporal en la producción de crudo y, como consecuencia, un lucro cesante para la compañía.


Sin embargo, el Consejo de Estado no ordenó el pago inmediato de los más de $4.000 millones solicitados. El tribunal encontró que las pruebas disponibles no permitían establecer con precisión el monto de los perjuicios económicos ocasionados.


Por esta razón, el alto tribunal profirió una condena en abstracto, lo que significa que la responsabilidad fue establecida, pero el valor exacto de la indemnización deberá determinarse posteriormente mediante un trámite incidental.

Iván Cepeda cuestiona prima de $18 millones para congresistas y anuncia que donará el dinero

 

Iván Cepeda cuestionó la prima de $18 millones para congresistas y anunció que entregará ese dinero a damnificados del Chocó.

El senador Iván Cepeda se pronunció sobre el pago de salarios a los nuevos congresistas y aseguró que en la remuneración correspondiente a este mes fue incluida nuevamente la prima especial de servicios, cuyo valor, según indicó, asciende a cerca de 18 millones de pesos.


Cepeda explicó que este ingreso había sido eliminado mediante un decreto expedido durante el Gobierno del expresidente Gustavo Petro. Sin embargo, señaló que el Consejo de Estado, a través de una medida cautelar, ordenó mantener nuevamente el pago de la prima mientras se adopta una decisión definitiva sobre el caso.


El senador del Pacto Histórico manifestó que mantiene su posición en contra de este beneficio económico para los congresistas. Según afirmó, los recursos destinados al pago de esta prima deberían ser utilizados para atender a las personas y comunidades que han resultado afectadas por los desastres naturales que actualmente enfrenta el país.


Cepeda también anunció que, en cumplimiento de lo que había manifestado anteriormente, entregará los recursos correspondientes a esta prima a personas damnificadas en el departamento del Chocó. El congresista sostuvo que su decisión busca que ese dinero tenga como destino comunidades que atraviesan situaciones de emergencia.

Consejo de Estado admite demanda contra la elección de María del Carmen Mayusa como representante a la Cámara

El Consejo de Estado admitió una demanda que busca anular la elección de María del Carmen Mayusa como representante a la Cámara por el Meta para el período 2026-2030.
La elección de María del Carmen Mayusa Cruz como representante a la Cámara por el departamento del Meta para el período constitucional 2026-2030 entró oficialmente en revisión judicial luego de que el Consejo de Estado admitiera una demanda de nulidad electoral que busca dejar sin efectos la credencial que la acredita como congresista.

La acción fue presentada por Nicolás Farfán Namén, quien argumenta que durante el proceso electoral se habrían presentado presuntas irregularidades relacionadas con la conformación de la lista de candidatos de la coalición Pacto Histórico–Frente Amplio, organización política bajo la cual resultó elegida la dirigente metense.

Con la admisión de la demanda, el Consejo de Estado dio apertura formal al expediente y ordenó la vinculación de diferentes entidades que participaron en el proceso electoral, entre ellas el Consejo Nacional Electoral (CNE), la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Ministerio Público, con el propósito de recopilar información y garantizar el debido proceso dentro de la actuación judicial.

Uno de los elementos que forma parte del expediente corresponde a una decisión previa adoptada por el Consejo Nacional Electoral, mediante la cual fue revocada la candidatura de José Manuel Sandoval Garzón. Según el organismo electoral, dicha determinación obedeció al incumplimiento de los resultados obtenidos en una consulta interna realizada por la coalición política en octubre de 2025 para definir el orden de sus candidatos.

De acuerdo con la posición expuesta por el CNE dentro del proceso, cualquier modificación posterior de la lista debía respetar estrictamente el orden establecido por los ciudadanos que participaron en esa consulta. En consecuencia, la autoridad electoral sostuvo que la tercera posición de la lista correspondía a Martha Cecilia Garzón Cortés, aspecto que ahora será objeto de análisis por parte del alto tribunal.

La demanda también plantea cuestionamientos relacionados con la conformación de la coalición política y el cumplimiento de las normas electorales vigentes, incluyendo posibles situaciones asociadas a presunta doble militancia y otros aspectos que, según el demandante, podrían afectar la legalidad de la elección.

Es importante precisar que la admisión de la demanda no implica una decisión sobre el fondo del asunto ni la pérdida inmediata de la investidura o la curul de la congresista. Esta actuación corresponde únicamente al inicio formal del estudio judicial, etapa en la que las partes podrán presentar pruebas, argumentos y observaciones para sustentar sus posiciones.

Ahora será el Consejo de Estado, como máximo tribunal de lo contencioso administrativo, el encargado de evaluar la totalidad de las pruebas y determinar si efectivamente existieron irregularidades que puedan comprometer la validez de la elección de María del Carmen Mayusa.

Mientras avanza el trámite judicial, la representante a la Cámara mantiene plenamente sus funciones y prerrogativas como congresista, a la espera de una decisión definitiva que podría tardar varios meses dependiendo de la complejidad del proceso y del análisis probatorio que realice la corporación.

Fuente: Noticiero del llano

¿Puede el Gobierno frenar al Banco de la República? Demandan regla clave que podría bloquear sus decisiones

Demandan norma que obliga presencia del MinHacienda en la Junta del Banco de la República por posible afectación a su autonomía.
Ante el Consejo de Estado fue radicada una demanda de nulidad por inconstitucionalidad contra un apartado del Decreto 2520 de 1993, que regula los estatutos del Banco de la República, con el objetivo de retirar del ordenamiento jurídico una disposición relacionada con el funcionamiento de su Junta Directiva.

La acción fue presentada por el ciudadano Daniel Felipe Useche Daza contra la Nación, cuestionando la norma que exige la presencia obligatoria del Ministro de Hacienda para que la Junta pueda sesionar y tomar decisiones. Actualmente, el reglamento establece que este órgano solo puede deliberar con al menos cinco miembros, incluyendo de manera obligatoria a dicho funcionario, quien además ejerce la presidencia.

El demandante argumenta que esta exigencia convierte la participación del Ministro en un requisito indispensable para la validez de las decisiones, lo que, en la práctica, podría otorgar al Gobierno un poder de bloqueo sobre el funcionamiento del banco central.

Según la demanda, esta condición vulnera los artículos 371 y 372 de la Constitución Política, que garantizan la autonomía del Banco de la República en sus dimensiones técnica, administrativa y patrimonial. Además, se señala que, si bien la presencia del Ministro busca articular la política económica, no debería convertirse en un obstáculo para el funcionamiento independiente de la entidad.

El documento también advierte que la ausencia del Ministro impediría la realización de sesiones, limitando la capacidad de los demás miembros de la Junta para ejercer sus funciones y afectando el equilibrio institucional previsto en la Carta Política de 1991.

Como parte del proceso, el accionante solicitó la suspensión provisional del apartado demandado mientras se resuelve el caso. Esta petición se sustenta en hechos recientes, como el retiro del Ministro de Hacienda de una sesión el pasado 31 de marzo de 2026 tras desacuerdos en materia de política monetaria, así como su anuncio de no asistir a futuras reuniones.

De acuerdo con el planteamiento, esta situación podría generar una eventual parálisis del órgano directivo del Banco de la República, comprometiendo el cumplimiento de sus funciones y afectando la estabilidad institucional y económica del país.

El caso quedó en manos del Consejo de Estado, que deberá analizar si la norma demandada se ajusta o no a la Constitución. Mientras tanto, también se espera una decisión sobre la suspensión provisional, que busca evitar efectos inmediatos de la disposición cuestionada durante el trámite judicial.

Fuente: Noticiero del llano

Consejo de Estado confirma nulidad de elección del excontralor de Villavicencio

El Consejo de Estado confirmó la nulidad de la elección del contralor de Villavicencio por inhabilidad relacionada con autoridad administrativa.
El Consejo de Estado confirmó la sentencia del 29 de octubre de 2025 mediante la cual el Tribunal Administrativo del Meta declaró la nulidad de la elección del entonces contralor municipal de Villavicencio, Carlos Alberto López López.

La demanda fue presentada por Jorge Alejo Calderón Perilla, Jaime Darío Carrillo Suárez, José Enrique Molina Rojas, Yefferson Posso Mosquera y Yeimi Andrea Rodríguez Velásquez, quienes argumentaron que López estaba inhabilitado por haber ejercido autoridad administrativa durante el año anterior a su nombramiento.

Según el fallo, la inhabilidad se deriva de su ejercicio como contralor departamental del Meta, cargo que desempeñó en el año previo a su elección como contralor municipal.

La decisión indica que la Contraloría Departamental del Meta ejerce control fiscal sobre recursos de la estampilla Unillanos, que también se recaudan en Villavicencio, lo que configuró el ejercicio de autoridad administrativa frente a su nominador, el Concejo Municipal de Villavicencio.

“La Sala encuentra configurada la inhabilidad contemplada en el artículo 95 de la Ley 136 de 1994”, señala el documento firmado por los magistrados Pedro Pablo Vanegas, Luis Alberto Álvarez Parra, Omar Barreto Suárez y Gloria María Gómez, integrantes de la Sección Quinta.

Fuente: Noticiero del llano

Petro radica nuevo decreto del salario mínimo 2026 con aumento del 23,7 %

En la Plaza de Bolívar, ante una multitud, el presidente Gustavo Petro anunció que el nuevo decreto provisional del salario mínimo vital y móvil mantendrá el aumento del 23,7 % (2 millones de pesos) fijado por el Gobierno en diciembre de 2025.

El decreto fue radicado ante el Consejo de Estado, en cumplimiento del Auto del 12 de febrero que ordenó la suspensión transitoria del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, mediante el cual se había establecido el salario mínimo para 2026.

Petro presentó nuevo decreto del salario mínimo 2026 con aumento del 23,7 % y lo radicó ante el Consejo de Estado.

El mandatario afirmó que el nuevo documento incorpora estudios técnicos sobre salario relativo, productividad laboral y canasta mínima vital, en línea con el artículo 53 de la Constitución de 1991, que consagra el principio de remuneración mínima vital y móvil.

Durante su intervención, Petro también se refirió a las reformas a la salud y pensional, señalando que ambas continúan sin entrar en vigor. Indicó que la reforma a la salud permanece en trámite en el Congreso y cuestionó que la reforma pensional lleve ocho meses en revisión en la Corte Constitucional sin una decisión de fondo.

El presidente sostuvo que el objetivo de su Gobierno es garantizar derechos laborales y sociales conforme al mandato constitucional.

Fuente: Noticiero del llano

Consejo de Estado suspende aumento del salario mínimo 2026 fijado por el Gobierno Petro

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el decreto que fijó el salario mínimo 2026 en $1,75 millones y ordenó al Gobierno expedir uno nuevo.

El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional del Decreto 1469 de 2025, mediante el cual el Gobierno nacional fijó el salario mínimo legal para 2026 en $1.750.905. La decisión, adoptada por la Sección Segunda del alto tribunal tras acumular 17 demandas, frena los efectos jurídicos del aumento del 23 %, aunque no constituye aún un fallo definitivo sobre la legalidad del acto administrativo.

El auto, de 63 páginas y con ponencia del magistrado Juan Camilo Morales Trujillo, ordena al Ejecutivo expedir un nuevo decreto en un plazo máximo de ocho días, con una motivación económica detallada que justifique el incremento salarial conforme a los criterios establecidos en la ley, como inflación, productividad, crecimiento económico y contribución de los salarios al ingreso nacional.

La medida cautelar tendrá efectos hacia el futuro una vez se publique el nuevo decreto, por lo que no habrá devoluciones ni retrocesos sobre pagos ya efectuados. El alto tribunal reiteró que fijar el salario mínimo sin una justificación técnica rigurosa vulnera la especial protección constitucional del trabajo, retomando precedentes aplicados en decisiones similares de años anteriores.

Fuente: Noticiero del llano

Consejo de Estado advierte que el Presidente no puede usar ilimitadamente los canales de televisión

"Permitir que el Presidente de la República use de manera ilimitada los canales de televisión, bajo el pretexto de informar a los ciudadanos sobre la marcha del Estado o asuntos de interés general, implicaría aceptar que ese alto funcionario, aprovechando un bien público, monopolice la información hasta el punto de reducir o incluso anular la posibilidad de que se expresen puntos de vista contrarios a los suyos", señaló el Consejo de Estado en una dura sentencia de tutela sobre el acaparamiento de la televisión nacional por el jefe de Estado y la vulneración a los derechos ciudadanos a la libertad de información.

La Comisión de Regulación de Comunicaciones deberá adoptar, a más tardar el 31 de diciembre de 2025, un marco regulatorio que cumpla con los criterios fijados por la sentencia y establezca todos los aspectos relacionados con el uso de los canales de televisión para transmitir las alocuciones presidenciales. 


Fuente: ExitosaStereo


Homenaje en Villavicencio al presidente del Consejo de Estado, Luis Alberto Álvarez Parra

El Tribunal Administrativo del Meta y la Universidad Santo Tomás de Villavicencio rindieron homenaje al presidente del Consejo de Estado, Luis Alberto Álvarez Parra, por ser el primer llanero en llegar a este cargo.

El acto se llevó a cabo en el auditorio de la Universidad Santo Tomás, institución de la cual Álvarez Parra es egresado.

El presidente del Tribunal Administrativo del Meta, Carlos Enrique Ardila Obando, resaltó la importancia del reconocimiento a un jurista que ha dejado en alto el nombre de la región.

“Yo soy hijo de esta región. Aquí me formé, aquí formé una familia y un destino. Este homenaje lo recibo como un reconocimiento al papel que cumple la jurisdicción contenciosa administrativa para la sociedad, para la democracia, para la defensa de los derechos, para la libertad y la paz”, afirmó Álvarez Parra durante la ceremonia.

Fuente: Noticiero del Llano 
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