El Gobierno del presidente Gustavo Petro presentó una recusación contra siete de los nueve magistrados de la Corte Constitucional que estudian la exequibilidad del Decreto Legislativo 1390 de 2025, mediante el cual se declaró el Estado de Emergencia Económica y Social en el país.
La decisión marca un precedente jurídico, ya que es la primera vez que la Corte adopta una medida cautelar de suspensión provisional sobre una norma sometida a su control constitucional. El pasado 29 de enero, con ponencia del magistrado Carlos Camargo Assis, el alto tribunal ordenó la suspensión temporal del decreto y de los nuevos tributos mientras se emite un fallo de fondo.
Desde su cuenta en la red social X, el presidente Petro cuestionó la decisión y afirmó que la Corte “se prejuzgó” al suspender los decretos sin analizar a fondo la situación económica del país, señalando que el problema no es la inflación sino el encarecimiento de la deuda por el aumento de las tasas de interés.
La recusación, firmada por el secretario Jurídico de la Presidencia, Augusto Alfonso Ocampo Camacho, argumenta que los magistrados recusados poseen un patrimonio igual o superior a 40 mil UVT, lo que los convertiría en sujetos directos del impuesto al patrimonio creado mediante el Decreto Legislativo 1474 de 2025. Según la Presidencia, esta condición les genera un interés económico directo en la decisión de constitucionalidad.
Adicionalmente, el Gobierno cuestionó una “sesión informal” realizada por magistrados de la Corte Constitucional en Cartagena, donde, según versiones de prensa, se discutió la ponencia que proponía suspender los decretos de emergencia, lo que también fue considerado un elemento que comprometería la imparcialidad del tribunal.El Gobierno del presidente Gustavo Petro presentó una recusación contra siete de los nueve magistrados de la Corte Constitucional que estudian la exequibilidad del Decreto Legislativo 1390 de 2025, mediante el cual se declaró el Estado de Emergencia Económica y Social en el país.
La decisión marca un precedente jurídico, ya que es la primera vez que la Corte adopta una medida cautelar de suspensión provisional sobre una norma sometida a su control constitucional. El pasado 29 de enero, con ponencia del magistrado Carlos Camargo Assis, el alto tribunal ordenó la suspensión temporal del decreto y de los nuevos tributos mientras se emite un fallo de fondo.
Desde su cuenta en la red social X, el presidente Petro cuestionó la decisión y afirmó que la Corte “se prejuzgó” al suspender los decretos sin analizar a fondo la situación económica del país, señalando que el problema no es la inflación sino el encarecimiento de la deuda por el aumento de las tasas de interés.
La recusación, firmada por el secretario Jurídico de la Presidencia, Augusto Alfonso Ocampo Camacho, argumenta que los magistrados recusados poseen un patrimonio igual o superior a 40 mil UVT, lo que los convertiría en sujetos directos del impuesto al patrimonio creado mediante el Decreto Legislativo 1474 de 2025. Según la Presidencia, esta condición les genera un interés económico directo en la decisión de constitucionalidad.
Adicionalmente, el Gobierno cuestionó una “sesión informal” realizada por magistrados de la Corte Constitucional en Cartagena, donde, según versiones de prensa, se discutió la ponencia que proponía suspender los decretos de emergencia, lo que también fue considerado un elemento que comprometería la imparcialidad del tribunal.
Fuente: Noticiero del llano
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