Según la JEP, participaron en la ejecución de un plan criminal orientado a presentar homicidios de civiles inermes como resultados operacionales legítimos con el objetivo de generar una falsa sensación de seguridad en la población y obtener beneficios institucionales.
Los implicados eran integrantes del Batallón de Infantería No. 21 Pantano de Vargas, del Gaula y de la Séptima Brigada.
La JEP imputó como máximos responsables a tres antiguos comandantes de la Séptima Brigada: el brigadier general Carlos Ovidio Saavedra Sáenz, mayor general Carlos Eduardo Ávila Beltrán y brigadier general Francisco José Ardila Uribe.
Los dos primeros, fueron imputados, además, por el delito de homicidio agravado.
Sobre los otros 27, la sala determinó que son coautores de los crímenes que se les imputan.
Un capítulo de la investigación es sobre homicidios y desapariciones cometidas por los integrantes del batallón Vargas de Granada y los miembros del Bloque Centauros.
Este patrón se presentó entre 2002 y marzo de 2006, aunque la mayor parte de los casos ocurrieron entre 2002 y 2003. Este periodo coincide con la comandancia del coronel Héctor Alejandro Cabuya de León en el batallón Vargas y de Carlos Ovidio Saavedra Sáenz en la Séptima Brigada.
Este primer capítulo abarca 48 hechos, en los cuales 117 personas fueron asesinadas.
El segundo capítulo corresponde a los homicidios y desapariciones forzadas perpetradas por integrantes del batallón Vargas sin apoyo de paramilitares.
Este patrón comprende 22 hechos en los que 37 personas fueron asesinadas.
Una vez notificados del Auto de Determinación de Hechos y Conductas, los 30 comparecientes disponen de 15 días hábiles para reconocer o rechazar los hechos y las responsabilidades que se les atribuyen.
En ese mismo plazo, pueden presentar observaciones, argumentos o elementos adicionales de prueba que consideren pertinentes.
Concluido este periodo, la Jurisdicción Especial para la Paz evaluará si existen reconocimientos suficientes y aportes plenos a la verdad para programar una Audiencia de Reconocimiento de Verdad, la cual se llevará a cabo con participación de las víctimas.
Quienes no reconozcan responsabilidad serán remitidos a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA), que decidirá si formula cargos ante el Tribunal para la Paz. De ser hallados culpables, se podrían enfrentar penas de hasta 20 años de cárcel.
La JEP critica en esta resolución a varias instituciones que tienen la responsabilidad de impartir justicia en Colombia:
“Se observa una falla sistémica de las instituciones militares y civiles —como la Justicia Penal Militar, Fiscalía General de la Nación, Procuraduría General de la Nación, entre otras— encargadas de proteger a la población en Meta. Todos los mecanismos de control disponibles fallaron o fueron insuficientes para proteger los bienes jurídicos de los más vulnerables”, se lee en la resolución.
Redaccion: Noticiero del Llano
